1 Nov, 2020 | entrevista a

¿Cuándo empezó Emilio Moeckel en la abogacía?

Estando aun cursando estudios primarios, cuando tenía unos escasos siete años, en uno de los controles psicológicos que nos hacían para medir las capacidades y aptitudes del alumnado, en el que nos hacían varias preguntas y nos hacían realizar algunos dibujos para después evaluar dichas capacidades, concluía el informe que tenía aptitudes para estudiar derecho y habilidades propias para el ejercicio de la profesión de abogado. Control que aún conservo guardado. Ya siendo funcionario de carrera de la Administración de Justicia desde 1990, me interesaba y apasionaba el ejercicio profesional y por ello en febrero de 1998 me colegié en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla como abogado no ejerciente; por ser incompatible el ejercicio de la profesión con mi condición funcionarial integrante del Poder Judicial. La verdad es que siempre me motivó y apasionó el mundo del derecho en general y de ahí que desde muy pequeño dijera que quería estudiar derecho y ser abogado, porque me apasionaba la profesión de la abogacía. Tal vez porque siendo un niño escuchaba en casa hazañas profesionales de mi abuelo paterno que era abogado, cuando los abogados en España se podían incluir en un listado que nada tiene que ver numéricamente con los existentes en la actualidad. Hoy día presumo de ello y exhibo con orgullo su placa en mi despacho personal del Bufete en la que reza “J. GIL SALAS – ABOGADO”. Fue en 2005 cuando cesé como funcionario de carrera en el Cuerpo Nacional de Secretarios Judiciales – actual Cuerpo Nacional de Letrados de la Administración de Justicia – cuando pasé a darme de alta como abogado en ejercicio. Pero ya, un año antes, había fundado en 1997 la Escuela Oficial de Práctica Jurídica del Instituto de Ciencias del Derecho y la Empresa – ICIDE, para la formación de abogados – homologada por el Consejo General de la Abogacía Española -, de la que soy director en la actualidad y por la que han pasado miles de alumnos tanto del ámbito de la geografía nacional como de Hispanoamérica en sus más de dos décadas de existencia; tanto abogados de pro en los programas de formación inicial como profesionales con bastantes años en ejercicio en sus distintos programas de formación continua. En ella impartí docencia, compaginándola con mi actividad como Funcionario de Justicia, por ser la única actividad compatible. Docencia que también tuve el privilegio de impartir en la antigua Fábrica de Tabacos en la se ubicaba la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, en la Cátedra de Derecho Penal del Profesor Dr. Polaino Navarrete, quien fue mi director de tesis doctoral sobre el Delito Fiscal. Toda mi vida, tanto estudiantil como profesional e incluso empresarial ha estado enfocada e incardinada al mundo del Derecho con un objetivo o meta para mi: la ardua pero honrosa profesión del ejercicio de la abogacía.

¿Qué ha aprendido en todos estos años de la profesión?

Con independencia de todas las garantías constitucionales y legales que sobre la salvaguarda de la profesión de la abogacía se plasman en la letra de la Ley, al haber sido, como dice el refrán, “cocinero antes que fraile” en el ejercicio de la abogacía y haber por ello intervenido en tribunales en ambos lados de los estrados – desde dentro y desde fuera -, he aprendido que, pese al esfuerzo que se hace desde dentro por intentar que se administre justicia con las debidas garantías, SIN ABOGADO NO HAY JUSTICIA NI EN SEDE JUDICIAL NI EXTRAJUDICIAL. El que piense que la maquinaria judicial puede funcionar sin el pilotaje a manos de un buen abogado avezado en la profesión, que la haga circular adecuadamente por el camino correcto, se equivoca. No tanto por falta de profesionalidad de los que integran el poder judicial en su conjunto como funcionarios, profesionalidad en la gran mayoría de los casos de la que no dudo en absoluto y puedo hablar de ello con propiedad, sino por la impotencia y desidia que causa la carencia de recursos materiales y de capital humano existente; debida a la falta de interés real por parte de los restantes poderes públicos en que la maquinaria judicial funcione adecuadamente. La escasez presupuestaria con la que se trata al poder judicial, tanto a nivel estatal como autonómico, lo convierte en hermano pobre del poder legislativo y del ejecutivo. En cambio, se despilfarran cientos y miles de millones de euros en otros menesteres. Otras partidas presupuestarias cuyas cifras vertiginosamente asustan hasta el decirlas dedicadas a cubrir medios materiales y recursos humanos de otras administraciones, como las administraciones paralelas y las partidas presupuestarias de asesores de los que no se sabe en ocasiones, determinar con claridad, que funciones tienen; cuando no son creadas ad hoc innecesariamente por estar duplicadas o triplicadas. Desde que ingresé como funcionario de carrera en el ámbito del poder judicial he venido escuchando en las distintas legislaturas, las reiteradas promesas desde que fueron transferidas las competencias de recursos materiales y de determinado personal al servicio de la Administración de Justicia a la Comunidad Autónoma Andaluza, como se incluían en los distintos programas políticos la inmediata creación de la Ciudad de la Justicia en Sevilla – capital autonómica – que, a día de hoy, sigue brillando por su ausencia. Un mero ejemplo a modo de punta del Iceberg de los graves problemas que afectan al poder judicial y de cómo se ningunea una y otra vez a un poder esencial de todo Estado de Derecho por los restantes poderes del estado. Amén de tener subsumida a la administración de justicia hoy día, en pleno siglo XXI, en ocasiones en una obsolescencia propia del sigo XIX. Todos esos inconvenientes hacen que se agudice con más ahínco la necesidad de estar asistido de un abogado experto, que sepa solucionar o sortear el grave problema añadido de hacer funcionar una maquinaria oxidada y con una falta evidente de engrase en sus rodamientos para que se mueva con la debida fluidez, intentando que no se cercenen los derechos y garantías procesales de su cliente. Abogado que, debido tal dificultad, deberá estar igualmente preparado y adiestrado para intentar buscar soluciones extrajudiciales justas y favorables a los intereses del cliente, actuando como mediador o saber defenderlos cuando se sometan al arbitraje.

¿Cuál es el principal reto actual de la abogacía?

Retos principales creo que son muchos y, aunque llegue a ser un tópico, pienso que uno de esos retos fundamentales es la adaptación progresiva y obligada a las nuevas tecnologías; pese a las carencias de las que sobre ellas adolecen aún hoy en día muchos juzgados y tribunales españoles. El trabajo en equipo es otro de los retos que debe afrontarse en el ejercicio profesional, bajo un adecuado liderazgo y dirección del responsable del bufete. Siendo asimismo esencial la apertura a otros mercados trasvasando no solo nuestras fronteras al mercado europeo sino al internacional, dada la globalización que cada día está mas arraigada en todos los ámbitos de la vida y las controversias personales y/o empresariales que pueden surgirle a un cliente fuera de nuestras fronteras como a un ciudadano europeo o extranjero en España. Entiendo que otra superación o meta esencial que debe abordarse es la necesidad de supresión de la colegiación obligatoria para poder ejercer la profesión. Es, hoy por hoy, cuando menos, una exigencia obsoleta y trae causa u origen en la configuración de una agrupación profesional gremial ya superada. Hoy día pienso que la colegiación debería, como en otras profesiones, ser facultativa; donde el profesional pueda incorporarse a un determinado colegio para buscar un respaldo profesional o servicios complementarios. Una de las premisas en la que se fundamentaba la obligatoriedad legal de colegiación para poder ejercer la abogacía era el informe preceptivo en el caso de impugnación de honorarios en las tasaciones de costas. Pues partiendo de la premisa que los honorarios profesionales son libres y pactados entre abogado y cliente y que solo en el caso de condena en costas – cuando los honorarios los debe abonar la parte contraria a la que contrató los servicios de su abogado – fueren impugnados por excesivos por la parte condenada al pago es cuando la Ley exige un informe preceptivo, que no vinculante, del Colegio de Abogados; existiendo tantos baremos orientadores de honorarios como colegios existen, de los que, debido a las normas sobre competencia, ni los propios colegios que aprobaron esas normas orientadoras pueden apoyarse en las mismas para poder emitir un informe verdaderamente objetivo. Por ello, una de las piedras angulares sobre la que se sustentaba la colegiación obligatoria debería estar tan superada como cuando se eliminó la necesidad de solicitar habilitaciones a los distintos colegios de abogados de España para el ejercicio de la profesión en el ámbito territorial de otro colegio de abogados distinto de aquél en el que el abogado estuviera colegiado, cambiándose por la colegiación única que da derecho al ejercicio en todo el ámbito del territorio nacional con independencia de la ubicación en la que el abogado se encuentre colegiado. A mi parecer, en los tiempos que corren de crisis sanitaria mundial, el más importante de todos los retos de la abogacía, es hacer prevalecer el Estado de Derecho en colaboración estrecha con los tribunales de justicia; para que los ciudadanos no se vean privados, bajo ningún pretexto, de sus Derechos Fundamentales, equilibrando la balanza – símbolo de la profesión – con otras medidas adoptadas en orden a la salud pública.

¿Y de la justicia en General?

Un reto esencial de la Administración de Justicia es un reto en el que todos, incluidos los restantes poderes del estado, debemos luchar por el, velar por su absoluta independencia. Pienso que el Consejo General del Poder Judicial debería tener una designación de vocales menos politizada, siendo todos sus miembros designados en la forma que legalmente se estableciera por los propios integrantes del poder judicial al igual que el Fiscal General del Estado, sin una justicia independiente difícilmente podremos hablar de justicia. Y en el mismo nivel debería conseguirse el evitar las dilaciones excesivas que tiene que soportar el justiciable desde que demanda justicia hasta que obtiene un pronunciamiento favorable o no a sus pretensiones. Una justicia que tarda años en pronunciarse ya per se es injusta. Para ello hay que adaptarla y modernizarla a las nuevas tecnologías íntegramente y dotarla de los recursos de capital humano necesarios. Caso contrario nunca se logrará ese reto. Un simple ejemplo, en ámbito laboral donde un procedimiento de despido esta legalmente incardinado en el ámbito de los procedimientos denominados urgentes y donde los plazos previstos en la Ley desde que se interpone la demanda hasta la celebración del juicio son muy breves se están señalando incluso a dos años vistas ni que decir tengo en el caso de un procedimiento no declarado legalmente como urgente. Y eso lo está soportando el justiciable en todos los ordenes judiciales, civiles, penales y contencioso-administrativo. En el mes de octubre del año en curso se ventiló en el bufete la vista pública del juicio penal por la apropiación indebida de un caballo pura sangre, hijo y nieto de campeones de España donde interveníamos como acusación particular y donde el Fiscal también solicitaba condena por lo que entendía un delito de apropiación indebida del pura sangre propiedad de nuestro cliente en un procedimiento que se inició en 2013 y hasta siete años después, cuando ya el animal está a punto de fallecer dada su longevidad, es cuando se ha celebrado el juicio oral. Con dilaciones de este tipo no podemos hablar jamás de justicia.

¿Qué se necesita para ser un buen abogado?

Para ser un buen abogado se requiere vocación, estudio, ilusión y pasión por la profesión. Como dice nuestro decálogo profesional es una “lucha de pasiones”, en la que debes emplearte a fondo y jamás dejar de estudiar. Tal como se dispone en el primer mandamiento de nuestro decálogo profesional, el derecho está en constante transformación y si dejas de estudiar cada día serás un poco menos abogado. Es fundamental el trabajo en equipo. Es difícil aglutinar todas las cualidades profesionales necesarias para ser un buen abogado en una sola persona. Hay que tener método y facultad para estudiar cada asunto, una escritura y oratoria adecuadas, donde se sepa lo que hay que decir, como decirlo, acierto al comenzar, dirección adecuada al progresar y determinación al concluir. Cómo debes actuar y en lo qué debes callar, para llevar al tribunal una convicción fundada acorde con los intereses de tu cliente. Por ello el trabajo en equipo para ser un buen abogado es esencial.

¿Qué servicios ofrece el bufete Emilio Moeckel Abogados a sus clientes?

Damos un servicio integral a nuestros clientes. Se trata de un bufete multidisciplinar formado por un equipo de abogados en ejercicio y personal administrativo en el que como fundador y director de éste, dada mi trayectoria profesional de treinta años de experiencia, primero en el ámbito de la administración de justicia como funcionario de carrera en la que pasé por distintos órganos y órdenes jurisdiccionales para aplicar posteriormente los conocimientos y praxis adquirida en el ámbito del ejercicio de la abogacía, cada profesional tiene encomendado determinados asuntos dependiendo del área de la que se trate para trabajar en equipo bajo mi directa supervisión y dirección. Ofrecemos, por ello, servicios en todas las áreas del derecho. En materia Civil y Mercantil (contratos, concursos de acreedores, herencias, familia, arrendamientos, derecho hipotecario y procedimientos cambiarios), Penal (tanto como acusación particular como defensa en todo tipos de delitos leves y graves, habiendo tenido que afrontar la acusación y la defensa en delitos graves complejos de ámbito patrimonial, personal, informático y de delito Fiscal), Contencioso – Administrativo (frente a la Administración Estatal, Autonómica y Local, relativo a derecho urbanístico, contratación pública, contra decisiones de tribunales de oposiciones para acceso a la administración pública y en el orden tributario contra haciendas locales, autonómica y estatal) y en derecho laboral, donde asistimos a nuestros clientes desde la fase inicial de toda controversia del orden social, conciliación o reclamación previa y asistencia al juicio, tanto a empresarios como a trabajadores. Ello sin perjuicio del asesoramiento y estudio a todos nuestros clientes sobre los distintos asuntos y la distinta problemática jurídica que plantea sus pretensiones. Interviniendo igualmente como mediadores para alcanzar acuerdos extrajudiciales e intervenir en asuntos sometidos al arbitraje.

¿Qué diferencia la firma EMILIO MOECKEL ABOGADOS – MOECKEL & ICIDE, de otros del mismo sector?

Destacaría el bagaje profesional tanto de su fundador como la de que todos los profesionales que prestan sus servicios en el bufete están avezados en las materias que se le encomiendan según las distintas áreas. Todos sus integrantes y colaboradores han sido seleccionados entre los más destacados de las distintas promociones de su propia Escuela Oficial de Práctica Jurídica de formación de abogados – ICIDE, donde tuvieron un periodo dilatado formativo de postgrado superior de dos años previos a iniciar su andadura en la firma como pasantes. Fichajes de la cantera de la propia firma, donde tenemos la garantía y constancia de los profesionales de primer orden que los han formado: Abogados, Magistrados, de todos los órganos judiciales – incluido el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional – Fiscales, Letrados de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, Notarios, Registradores de la Propiedad, Catedráticos de Universidad y demás operadores jurídicos relacionados con la profesión. Ello con la garantía de que todo asunto, con independencia de su enjundia o dificultad jurídica y alcance económico o personal, una vez aceptado al cliente, son tratados bajo el lema de: “tu problema pasa a ser nuestro problema”. Jamás hemos creado falsas expectativas a nuestros clientes siendo el resultado obtenido nuestra mayor difusión como firma profesional. Ello con la garantía de que toda actuación o decisión profesional pasa por la supervisión del titular y fundador de la firma EMILIO MOECKEL ABOGADOS – MOECKEL & ICIDE. Nos caracterizamos, como decimos a nuestros clientes, en casos difíciles y desesperados, como sucede con nuestra advocación oficial del bufete a San Judas Tadeo – abogado especial de tales casos en lo sobrenatural -. Asuntos que en ocasiones provienen de otros despachos donde los clientes no han llegado a lograr los objetivos pretendidos. Con sede en el centro histórico de Sevilla capital, en Plaza de San Francisco nº 15 como en la Plaza Nueva; donde venimos prestando nuestros servicios en el ámbito de toda la geografía nacional. Habiéndonos hecho cargo de intereses de clientes no solo en el ámbito territorial de nuestra comunidad autónoma – Sevilla, Cádiz, Sanlúcar de Barrameda, Jerez de la Frontera, Córdoba, Málaga y Marbella entre otras provincias y partidos judiciales -, sino en Madrid, Barcelona, Badajoz, Valencia y Alicante. Amén de haber compelido a alcanzar y suscribir acuerdos contractuales extrajudiciales a firmas de abogados londinenses en España, cuando pretendían extrapolar la controversia judicial a los tribunales ingleses.

¿Puede destacar algún asunto jurídico relevante ganado por esta firma profesional?

Muchos y muy variados son los asuntos en los que hemos conseguidos las pretensiones pretendidas de nuestros clientes, tanto en vía judicial como extrajudicial. Si bien es cierto que debido al secreto profesional y discreción que se merecen nuestros clientes, a los que ampara también la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, es por lo que no podemos hacer públicos los datos concretos de los asuntos, pero si podemos hacer referencia genérica a varios de ellos, de una enorme complejidad y gran calado jurídico. Como el de una mercantil dueña de una flota de aviones que se vio obligada a contratar un seguro de casco – equivalente a un todo riesgo de vehículos a motor – inexistentes en España y contrató el seguro de varios de sus aviones en el mercado inglés a través de la mediadora de seguros con la que operaba el Real Madrid cuya prima alcanzaba una cifra superior al millón de euros anuales y producido el siniestro de dos de las aeronaves se negó la aseguradora al abono de la indemnización. Después de haber estudiado y analizado el caso y tras varias reuniones con los brokers, aseguradoras y los abogados anglosajones de todos ellos, conseguimos descubrir que estaban operando sin el reaseguro preceptivo, también exigido en el derecho inglés. Con la complejidad añadida de estar tanto aseguradoras como los brokers domiciliados en paraísos fiscales y que la reaseguradora, de nacionalidad EEUU, tenía debidamente comunicado en el mercado de seguro inglés que la garantía del reaseguro había expirado y no la volverían a renovar. Lo que supone una infracción administrativa muy grave en Inglaterra, por lo que después del ultimátum que se les dio a unos de los broker que se hizo cargo de la cartera del seguro de casco de los aviones de nuestro cliente sin la debida diligencia le supondría la imposibilidad de volver a operar en el sector en su país. Y tras la visita sorpresiva que se le hizo por este despacho en sus instalaciones en la City de Londres, zanjamos el tema sin tener que acudir a los tribunales londinenses. Fue un asunto a los que yo llamo coloquialmente divertidos por apasionante. Otro, de un cliente alemán que adquirió en nuestro país un bien declarado de interés histórico nacional desde 1943 en una ciudad muy conocida y concurrida de la provincia de Málaga en donde la batalla en este caso fue contencioso – administrativa porque conseguimos que los tribunales ordenaran la devolución de una sanción urbanística de elevada cuantía y haberse declarado por el Tribunal Superior de Justicia el derecho a indemnizar a nuestro cliente por incumplimiento urbanístico de la corporación local, que modificó el PGOU causando un grave perjuicio a nuestro cliente. A raíz de ello vino durante varios años un rosario de sanciones urbanísticas en cuantía máxima para intentar colocar al Ayuntamiento en posición acreedora en lugar de deudora. Por ello nos vimos obligados a acudir a la vía penal, en la que fue prácticamente denunciado por prevaricación todo el equipo de municipal de gobierno e incluso el arquitecto del Ayuntamiento, lo que llegó a motivar hasta el cambió político en las últimas elecciones municipales dada la repercusión que tuvo en la localidad y que aún sigue en curso. Habiendo así mismo conseguido el archivo de una de las denuncias que por delito de desobediencia se formuló contra nuestro cliente, dejándonos expedita la vía para poder contra atacar contra los regentes que tomaron la decisión de emprender la acción penal contra él mismo. Al que normalizamos la situación de sus relaciones administrativas con dicha corporación local en una batalla en la que llevaba embarcado desde el año 1996 y que había encomendado con anterioridad a otras firmas de gran reconocimiento a nivel nacional e internacional, sin que hubieran obtenido los objetivos que en menos de tres años fueron conseguidos por nuestro bufete, E. MOECKEL ABOGADOS & ICIDE. Por último resaltar, como a otro cliente que estaba incurso en una inspección tributaria que por la cuantía defraudada al fisco podría ser investigado por delito fiscal, pudimos, a raíz de ciertas anomalías e irregularidades descubiertas por esta firma en la inspección que se llevo a cabo, llegar a un acuerdo con la hacienda estatal para firmar un acta de conformidad satisfactoria y no ruinógena para los intereses del cliente.

Plaza de San Francisco nº 15 – 1º 41004 SEVILLA / 954 871 582 / 693 441 500 / moeckelabogados@icide.eu

Texto: Javier Comas
Fotos: Aníbal González

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